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Beneficios fiscales para propietarios de pisos de alquiler
En esta ocasión, queremos hablar sobre los beneficios fiscales que la nueva Ley de Vivienda de España ha establecido para los propietarios de viviendas en alquiler. Si eres propietario de un piso, esta información puede ser de gran interés para ti. Sigue leyendo para descubrir cómo esta nueva legislación puede beneficiarte y ayudarte a maximizar tus ingresos por alquiler.
Tabla de contenidos
Deducciones fiscales para propietarios de viviendas en alquiler
La nueva Ley de Vivienda aprobada en el Senado ha incluido una serie de deducciones fiscales para los propietarios de viviendas en alquiler. Actualmente, los arrendadores pueden desgravarse en el pago del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) un 60% de la cantidad que cobran al inquilino. Sin embargo, con la nueva norma, esta cuantía se reducirá al 50% en zonas tensionadas. Pero aquí viene la buena noticia: si pones tu piso en alquiler en una zona tensionada, podrías hasta duplicar estas deducciones.
Desgravaciones fiscales habituales por alquiler de pisos para propietario
En el contexto de España, los ingresos derivados del alquiler de propiedades están sujetos al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Como propietario, es tu responsabilidad declarar estos ingresos en tu declaración de impuestos. Sin embargo, el sistema ofrece oportunidades para deducir ciertos gastos asociados con el alquiler de la propiedad, lo que puede resultar en interesantes beneficios fiscales.
Algunas de las deducciones más comunes incluyen:
• Intereses financieros: Si adquiriste la propiedad mediante una hipoteca, los intereses y otros gastos financieros relacionados con ella podrían ser deducibles.
• Tasas e impuestos locales: Algunas tasas e impuestos locales, como la tasa de basura, el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y las primas de seguro, podrían ser considerados gastos deducibles.
• Gastos de administración y gestión: Los gastos asociados con la administración y gestión de la propiedad, como los honorarios de agentes inmobiliarios, pueden ser considerados para deducción.
• Reparaciones y mantenimiento: Si realizas gastos en reparaciones y mantenimiento de la propiedad para asegurar su adecuado funcionamiento y no incrementar su valor, es posible deducir estos costos. Sin embargo, los gastos de mejoras no son deducible en este apartado.
¿Qué se entiende por gastos de mejora?
Los gastos de mejora son aquellos desembolsos realizados con el propósito de incrementar el valor de la vivienda, y como propietario, debes incluirlos en el apartado de amortización. Un ejemplo claro sería la instalación de un sistema de aire acondicionado por primera vez, ya que, al mejorar las comodidades y características de la casa, se eleva su valor en el mercado inmobiliario. Estos gastos son importantes de considerar, ya que pueden tener implicaciones fiscales favorables y beneficiar tanto al propietario como a los inquilinos al aumentar el atractivo y el valor general de la propiedad.
Amortización
Es posible deducir la depreciación de la propiedad, que generalmente se calcula como un porcentaje del valor de construcción, excluyendo el valor del terreno.
Aprovechando estas deducciones fiscales, como propietario podrás optimizar la gestión de tus ingresos por alquiler y, al mismo tiempo, mantener la propiedad en buen estado para tus inquilinos. Recuerda que es importante mantener una contabilidad clara y organizada de todos los gastos relacionados con la propiedad para poder hacer uso de estas ventajas fiscales de manera adecuada. Consultar con un asesor fiscal también puede ser de gran ayuda para asegurarte de que aprovechas todas las deducciones a las que tienes derecho.
Desgravaciones fiscales de hasta el 90%
El texto de la nueva ley contempla una serie de incentivos fiscales aplicables en el IRPF a los arrendamientos de inmuebles destinados a vivienda. Mientras que la reducción en zonas tensionadas será del 50%, la norma establece que esta deducción “podrá incrementarse hasta el 90%”, si se firman nuevos contratos de arrendamiento de vivienda en zonas de mercado residencial tensionado con una reducción de al menos un 5% sobre el contrato anterior.
Desgravaciones fiscales de hasta el 70%
Además, la normativa prevé una reducción del 70% si alquilas una vivienda en una zona tensionada y el inquilino tiene entre 18 y 35 años.
Desgravaciones fiscales de hasta el 60%
También se contemplan reducciones del 60% para aquellos propietarios que hayan realizado obras de rehabilitación en los dos años anteriores a la declaración.
Beneficios fiscales en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos
Desde el 1 de enero de 2019, la ley estableció una bonificación del 100% de la cuota por arrendamiento de viviendas que no se destinen al ejercicio de una actividad empresarial o profesional, siempre que la renta a satisfacer por el alquiler sea inferior a 15.000 euros anuales. Esta bonificación elimina la obligación de presentación de la autoliquidación cuando se aplique.
Deducción en el IRPF por alquiler de vivienda habitual para el arrendatario
Si eres propietario y tienes menos de 35 años, puedes aplicarte en el Impuesto sobre la Renta una deducción del 30% de las cantidades destinadas al alquiler, hasta un máximo de 1.000 euros al año. Esta deducción también es aplicable si tienes entre 35 y 40 años, has estado en situación de desempleo y tienes al menos dos familiares a cargo.
Para poder aplicarte esta deducción, es necesario acreditar el depósito de la fianza correspondiente al alquiler en la Agencia Social de la Vivienda de la Comunidad de Madrid. Además, debes asegurarte de que tu renta no supere los 25.620 euros en tributación individual o 36.200 euros en tributación conjunta, y que las cantidades pagadas por el alquiler superen el 20% de tus rendimientos.
Incremento del IBI en viviendas desocupadas
La nueva Ley de Vivienda también incluye un aumento en el valor del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) para las viviendas de uso residencial desocupadas. Este incremento varía entre el 50% y el 100% y se aplica a aquellas viviendas que lleven desocupadas al menos dos años y que puedan ser alquiladas. Solo se aplicará a propietarios con más de 5 viviendas en un mismo municipio, es decir, a grandes tenedores.
Para poder aplicarte esta deducción, es necesario acreditar el depósito de la fianza correspondiente al alquiler en la Agencia Social de la Vivienda de la Comunidad de Madrid. Además, debes asegurarte de que tu renta no supere los 25.620 euros en tributación individual o 36.200 euros en tributación conjunta, y que las cantidades pagadas por el alquiler superen el 20% de tus rendimientos.
Agencia de alquiler en Madrid
En Myniceflat, nos preocupamos por mantenerte informado sobre las últimas novedades que afectan a los propietarios de pisos de alquiler. La nueva Ley de Vivienda ha traído consigo importantes beneficios fiscales que pueden ayudarte a maximizar tus ingresos y optimizar la gestión de tus propiedades.
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